domingo, 21 de agosto de 2011

Pemex contra la ley

Tenía prisa Juan José Suárez Coppel, director general de Pemex, por otorgar a particulares tres contratos para la exploración y explotación de campos maduros de esa empresa pública. Es seguro que ni siquiera hubiera notificado formalmente que había quedado abatido del escollo judicial que le impedía hacerlo cuando, 48 horas después de un fallo de la Suprema Corte que por lo visto esperaba con ansia, viajó a Villahermosa, con su séquito de colaboradores, para asignar porciones del territorio nacional al trabajo de empresas privadas que, de acuerdo con la Constitución, sólo el Estado puede realizar a través de Petróleos Mexicanos.

Petrofac Facilities Management Limitid, con sede en la Gran Bretaña, y Administradora en proyectos de campos, empresa regiomontana con sólo seis años de edad y de experiencia, ganaron una licitación y firmarán en octubre próximo tres contratos integrales de servicios, conocidos como incentivados o de desempeño. Se trata de figuras jurídicas establecidas en la legislación mexicana en 2008, que en realidad son contratos-riesgo, que ya tuvieron vigencia en México y fueron cancelados por inconvenientes para el interés nacional.

Son contratos ventajosos para los particulares. Sólo así se explica que al emitirse la convocatoria correspondiente, 27 empresas compraran más de cincuenta paquetes con las bases de la licitación, y que 17 perseveraran en su propósito de obtener la asignación, no obstante que flotaba sobre el proceso respectivo la duda sobre su legalidad. No es para menos: los contratos permiten explorar y explotar petróleo en campos ya trabajados por Pemex, actualmente en operación, por cuyas tareas los particulares obtienen un pago fijo, independientemente de la suerte que sigan sus actividades, y otro variable, dependiente de sus resultados. Los campos asignados, que se hallan en una zona de 312 kilómetros en el estado de Tabasco, comprenden pozos que producen en la actualidad quince mil barriles diarios. Se espera que la actividad privada aumente esa cifra a cincuenta y cinco mil, y a costos menores que los de Pemex. Las empresas favorecidas ofrecieron extraer cada barril a un costo de cinco dólares, en contraste con entre siete y ocho dólares que le cuesta a la empresa pública. Se comprende la diferencia, entre otras causas, porque las empresas que trabajarán en las zonas de Magallanes, Santuario (asignadas a la inglesa) y Carrizo (que corresponde a la mexicana) cuentan ya con una infraestructura cuya amortización es parte de los costos de Pemex.

En su sesión extraordinaria de 24 de noviembre de 2010, el consejo de administración de Pemex acordó la celebración de los contratos que ahora se festejan. La convocatoria respectiva fue publicada el 1º de marzo pasado. El acto causó escozor en la Cámara de Diputados, que tenía en curso una controversia constitucional por una medida semejante, pero diversa. El 16 de marzo ese órgano del Legislativo perdió en definitiva ese medio de control constitucional, por el cual había impugnado las disposiciones administrativas relacionadas con “las ventas de primera mano destinadas al mercado nacional de petrolíferos distintos del combustóleo, de los petroquímicos básicos y del gas”.

Eso no obstante, los impugnadores de los contratos incentivados lograron que la Cámara iniciara una nueva controversia constitucional, esta para combatir el acuerdo de noviembre y la convocatoria de marzo. Tal controversia fue desechada el 15 de abril por notoriamente improcedente por el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien consideró que la Cámara de Diputados carecía de interés legítimo en el asunto, puesto que la medida administrativa impugnada no interfería en la esfera de competencia de ese órgano legislativo. De inmediato la Cámara presentó el recurso de reclamación a fin de lograr que el pleno de la Corte revocara el acuerdo de desechamiento dictado por Ortiz Mayagoitia. No lo consiguió puesto que el martes pasado una mayoría de siete votos derrotó la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, que había propuesto admitir la controversia y entrar al fondo del asunto. El más reciente miembro del pleno sostuvo que no era “manifiesta e indudable la inviabilidad del juicio intentado”. Lo acompañaron en su razonamiento únicamente los ministros Olga María Sánchez Cordero, Fernando Franco y Arturo Zaldívar, pero fueron del parecer contrario el propio presidente de la Corte, Juan N. Silva Meza y los ministros José Ramón Cossío, Luis María Aguilar, Margarita Luna Ramos, Sergio Valls, Sergio Aguirre Anguiano y naturalmente Ortiz Mayagoitia, autor del rechazo inicial.

(En su proyecto, Pardo Rebolledo hizo notar que los anexos del acuerdo del consejo de administración de Pemex están reservados, por lo que no se tiene acceso a la información que dio base a la decisión de asignar esos contratos. No puede pasarse por alto esa infracción al principio general de transparencia que debe regir los actos administrativos, por lo que será preciso que se demande conocer tales fundamentos ahora ocultos).

A pesar de que la exploración y explotación de hidrocarburos ha estado reservada a la nación, durante cerca de veinte años, estuvieron vigentes contratos muy semejantes a los que se asignaron el jueves pasado y se firmarán a más tardar el 18 de octubre. Se trata de los contratos riesgo. Como los de desempeño, aquellos implicaban entregar una parte de la renta petrolera a particulares, a los que se cubrían los costos en que incurrieran y se les premiaban sus hallazgos.

Entre 1949 y 1951, Pemex “suscribió cinco contratos -riesgo con empresas petroleras privadas, que establecían un periodo para la exploración y perforación de pozos y señalaban como remuneración, por parte del Petróleos Mexicanos, el reembolso total, sin plazo de vencimiento, de los gastos e inversiones por trabajos ejecutados, con el valor del 50% de los hidrocarburos producidos por los pozos perforados, y una compensación que iba del 15 al 18.25% del valor de la producción, por un periodo de veinticinco años”.

La cita anterior corresponde al discurso del 18 de marzo de 1970 en que el director de Pemex (lo había sido desde el 1º de diciembre de 1964), Jesús Reyes Heroles anunció que el presidente Díaz Ordaz había ordenado “la no renovación o prórroga de esos contratos, y que se acatara la reforma constitucional que prohíbe su celebración y preceptúa su insubsistencia”. Con diversos actos jurídicos (rescisión o terminación voluntaria de los contratos) celebrados entre junio de 1969 y febrero de 1970, quedaron liberados, “sin limitaciones de ninguna especie, 3,858 kilómetros cuadrados del territorio nacional para la explotación exclusiva de petróleos mexicanos, en beneficio de la nación. Sin necesidad de ofrecer participaciones o derechos sobre el valor de la producción del subsuelo mexicano, con recursos propios y financiamientos normales, proseguirá de hoy en adelante el desarrollo y progreso de la industria petrolera”.

Reyes Heroles admitió que “cuando estos contratos se firmaron no había impedimento legal para hacerlo, pues la reforma que prohibió celebrarlos es de 29 de noviembre de 1958, y la que ordenó la insubsistencia de los existentes, del 20 de enero de 1960”.

Aquella prohibición está vigente. Y también lo está, pues apenas fue aprobada en 2008, la ley de Petróleos Mexicanos. La fracción IV de su artículo 60 dispone inequívocamente que “las remuneraciones que se establezcan (en contratos como los cuestionados) serán siempre en efectivo, por lo que en ningún caso podrá pactarse como pago por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, un porcentaje de la producción o del valor de las ventas de los hidrocarburos y sus derivados, o de las utilidades de la entidad contratante…”.

El boletín 77 que Pemex expidió a las 12:03 del 18 de agosto no menciona, supongo que deliberadamente, el modo en que los contratistas ganarán por sus servicios. Pero en la conferencia de prensa correspondiente se dijo que las “contratistas ganan de acuerdo con los resultados que obtengan. Esto es: tienen un pago fijo y otro variable en función del éxito de la producción”. (Reforma, Negocios, 19 de agosto)

Se festeja la violación a la ley, y se anuncia que en octubre continuará tal desacato. Mientras, la Corte se refugia en la formalidad para no examinar el fondo de un asunto que a todos concierne.